$ 9,000 en daños comprados después del Tribunal de Distrito de UFC 148 Piraty
para el juicio fueron publicados esta semana por el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos, D. Arizona, ordenando a los propietarios de un establecimiento comercial que pague $ 9,000 por la piratería de UFC 148.
En el caso de esta semana (Joe Hand Promotions, Inc. v. Chileen), los acusados exhibieron UFC 148 en su restaurante sin pagar la tarifa comercial de licencias. El demandante buscó $ 39,000 en daños legales. El tribunal emitió un juicio Camiseta AS Monaco sumario al demandante y otorgó daños por un total de $ 9,000. Al llegar a esta figura, el juez de distrito Paul Rosenblatt ofreció las siguientes razones:
El investigador del demandante, Gary W. Turner, establece los siguientes hechos en su declaración jurada que son relevantes para la Camiseta Stade Rennais FC emisión de § 605 daños: que pasó veintitrés minutos en el establecimiento de los acusados en la noche del 7 de julio de 2012, que allí allí, que allí eran aproximadamente cuarenta y cinco personas en el establecimiento, que el establecimiento tenía la capacidad de mantener entre 350 y 400 personas, que los únicos televisores estaban ubicados en un área de barra separada y había tres televisores en esa área, uno de los cuales estimó Tenga una pantalla de 48 ″ y dos conjuntos más pequeños, que todos los televisores mostraban la transmisión UFC 148, que había aproximadamente veinte personas en el área del bar, y que el establecimiento tenía un plato satelital en el techo. Si bien el investigador no dice nada acerca de tener que pagar ningún cargo de cobertura o que el programa se anunció de cualquier manera en el establecimiento, los acusados, por no responder a las solicitudes de admisión, han admitido que tenían un cargo de cobertura y que ellos anunció la presentación del programa. El demandante también ha presentado evidencia de que le habría costado a los acusados $ 2,600 comprar una licencia para mostrar legalmente el programa.
Como el demandante afirma correctamente, el tribunal tiene considerable discreción en la adjudicación de § 605 daños. Según la evidencia presentada, el tribunal concluye que los daños legales de conformidad con § 605 (e) (3) (c) (i) (ii) en el monto de $ 4,000 es un premio justo.
El tribunal concluye aún más que el demandante tiene derecho a una adjudicación discrecional de daños mayores porque la evidencia establece que los acusados mostraron el programa de ventaja comercial o para obtener ganancias financieras privadas. Debido a la admisión considerada de los acusados, y debido a la declaración jurada de apoyo de Joe Hand, Jr., el presidente del demandante, el tribunal acepta que los acusados deberían haber tomado acciones injustas particulares en la compra para interceptar el programa cifrado del demandante. El demandante también ha presentado otra evidencia de la voluntad de los acusados en que el establecimiento anunciaba la pelea, exigió a los clientes que pagaran un cargo de cobertura y tenían tres televisores que mostraban el programa. Ver KingVision Pay-Per-View, Ltd. v. Guzman, 2008 WL 1924988, en *3 (D.Ariz. 30 de abril de 2008) (“Los tribunales usan una variedad de elementos para identificar si la conducta del demandado está sujeto a daños mayores Para la voluntad bajo § 605, que incluye infracciones previas, ganancias monetarias ilegales sustanciales, daños reales significativos para el demandante, la publicidad del demandado de la transmisión y el acusado cobra un cargo de cobertura o primas por alimentos y bebidas durante la transmisión “). La evidencia, el tribunal otorgará $ 5,000 en daños mejorados de conformidad con § 605 (e) (3) (c) (ii).
El demandante también solicita en su queja y en su moción de juicio sumario de que se le otorga los honorarios de su abogado sensato y los costos relevantes de conformidad con § 605. El demandante recibe sus costos y tarifas porque § 605 (e) (3) (b) (b) ( iii) ofrece que el tribunal “dirigirá la recuperación de los costos completos, incluida la adjudicación de los honorarios de los abogados sensibles a una parte perjudicada que prevalece”. Se dirige al demandante que se adhiera a LRCIV 54.1 y LRCIV 54.2 al solicitar sus costos y tarifas. Por lo tanto,
Se compra que la moción del demandante para el juicio sumario (Doc. 23) se otorga de conformidad con Fed.R.Civ.P. 56 en la medida en que el demandante reciba la suma de $ 9,000.00 de los acusados Donna Jean Chilleen y Kid Chickeen Promotions, Inc. de conformidad con 47 U.S.C. § 605. El Secretario del Tribunal presentará un fallo para el demandante en consecuencia.
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